¿Cuánto gana un músico argentino en YouTube?

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youtube-argentina3Nos hacemos eco de la noticia publicada por Pablo Gutiérrez en el diario La Nación sobre ¿Cuánto gana un músico argentino en YouTube?  Según publican la Sociedad Argentina de Autores y Compositores ( SADAIC ), informó que luego de llegar a un acuerdo con el servicio de reproducción de vídeos YouTube , los músicos argentinos comenzarán a engrosar sus liquidaciones por regalías, con las visitas a sus vídeos musicales. De hecho, SADAIC lo informó una vez que pagó las ganancias del período 2012 a los artistas registrados.

Mediante el convenio firmado con Google para el portal YouTube, SADAIC incorporó el pago por reproducciones de vídeos musicales, utilizando la misma jurisprudencia actual, es decir, liquidaciones por períodos trimestrales basados en nomencladores internos que definen la tarifa y el pago al artista.

Según la escala informada para la primera liquidación, perteneciente al período 2012, la tarifa de pago de regalías por reproducciones en YouTube fue la siguiente:

  • Enero / Marzo 2012: $0,000225 por visita
  • Abril / Junio 2012 $0,000338 por visita
  • Julio / Septiembre 2012 $0,00117 por visita
  • Octubre / Diciembre 2012 $0,000441 por visita

$ = peso argentino

Esto significa que los músicos que hayan logrado superar el tope de 20.000 visitas, percibieron sumas similares a estos ejemplos:

 

  • 100.000 visitas entre Enero y Marzo: $22,50
  • 100.000 visitas entre Abril / Junio: $33,80
  • 100.000 visitas entre Julio / Septiembre: $117
  • 100.000 visitas entre Octubre / Diciembre: $44,10

 $ = peso argentino

Para cobrar regalías por derechos de autor, primero hay que estar inscripto en SADAIC. Pero para poder ser un socio o afiliado, se deben registrar las obras, tanto en esta entidad como en la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA). La primera (SADAIC) se encarga de gestionar los pagos por derechos comerciales, la segunda (DNDA), de proteger la autoría del material en casos de conflictos por plagio o cesión de derechos o litigios comerciales.

Una vez que la obra está protegida en la DNDA y registrada en SADAIC, ya se pueden cobrar regalías. En el caso de que los autores de las obras sean más de uno (una banda donde todos componen o eligen repartir ganancias en partes iguales, por ejemplo), el registro de las obras debe hacerse indicando el porcentaje que le corresponde a cada músico.

Fuente: La Nación