El Supremo deja a SEDA sin licencia para gestionar derechos
El Tribunal Supremo ha dejado firme la anulación de la licencia de la Sociedad Española de Derechos de Autor (SEDA) para operar como entidad de gestión. Según adelantó ABC el 13 de octubre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha inadmitido el recurso de la entidad contra la sentencia de la Audiencia Nacional, por lo que SEDA no podrá seguir gestionando derechos salvo que obtenga una nueva autorización administrativa.
La decisión, adoptada mediante una providencia a la que tuvo acceso el diario, considera que el recurso no justificaba suficientemente el interés casacional necesario para ser admitido a trámite. Con ello queda confirmada la sentencia de la Audiencia Nacional, fechada el 21 de mayo de 2025 según el análisis publicado en Almacén de Derecho, que declaró contraria a derecho la autorización concedida en 2020 por el Ministerio de Cultura, entonces dirigido por José Manuel Rodríguez Uribes.
El litigio lo impulsó Unison Rights, operador de gestión independiente especializado en derechos musicales. La Audiencia reconoció su legitimación para recurrir por su condición de competidor directo de SEDA y estimó su recurso, según informó ABC en julio de 2025. La compañía ya había participado como interesada en el procedimiento de autorización, junto a la SGAE, tal y como recoge la resolución publicada en el BOE el 10 de septiembre de 2020.
El tribunal concluyó que SEDA no cumplía ninguno de los tres requisitos que exige la ley de Propiedad Intelectual para autorizar una entidad de gestión: unos estatutos ajustados a la normativa, una capacidad efectiva para gestionar los derechos y una contribución al interés general en la protección de la propiedad intelectual. Ya en 2020, antes de concederse la licencia, un informe de la Subdirección General de Propiedad Intelectual del Ministerio advertía de deficiencias en los estatutos. Aun así, el ministro autorizó la actividad confiando en que los problemas se corregirían después, un planteamiento que la Audiencia consideró incompatible con el principio de legalidad.
SEDA se constituyó en 2019 como alternativa a la SGAE, con el apoyo de más de dos centenares de autores y varias editoriales musicales, en un momento de fuerte desgaste reputacional de la entidad histórica. Su autorización pretendía abrir a la competencia un mercado dominado por muy pocos operadores, en el que conviven entidades de gestión colectiva como la SGAE o DAMA con operadores independientes como Unison.
Tras la sentencia de la Audiencia, el presidente de SEDA, el músico Patacho Recio, defendió la continuidad de la entidad. «La sentencia no es firme y vamos a seguir operando: recaudando y repartiendo entre nuestros socios», afirmó entonces a ABC. Recio añadió que, si el Supremo confirmaba la anulación, la entidad volvería a pedir la licencia: «Llevamos cinco años funcionando. Hemos demostrado que SEDA es viable y cumple con todos los requisitos legales». En las informaciones publicadas este martes no constan declaraciones de SEDA ni de Unison sobre la decisión del Supremo.
La resolución deja abiertas varias incógnitas prácticas: qué ocurrirá con el repertorio de los autores y editoriales que confiaron su gestión a SEDA, con los contratos firmados con usuarios y con los importes recaudados pendientes de reparto. Ninguna de las fuentes consultadas detalla cómo se ordenará esa transición ni si la entidad ha presentado ya una nueva solicitud ante Cultura.
El caso llega además en un momento de vacío normativo. La Oficina Española de Derechos de Autor y Conexos, que debía supervisar a las entidades de gestión, ha vuelto a quedar parado con la disolución de las Cortes, como explicó IM al analizar las leyes culturales que tumba el adelanto electoral. Mientras tanto, el fallo fija un criterio claro para futuras solicitudes: los requisitos legales deben acreditarse antes de conceder la licencia, no después.
